El gobierno promulgó la ley de feriados y serían dos los fines de semana extralargos
El gobierno nacional promulgó hoy la ley que restablece los feriados "puente" y fijó el calendario para el año próximo, sancionada a fines de septiembre por el Congreso.
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
"El Poder Ejecutivo Nacional podrá fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes"
La norma ahora promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:
Lunes 1 de enero, Año Nuevo
Lunes y martes de Carnaval
Sábado 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Viernes Santo, 30 de marzo
Lunes 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Martes 1 de mayo, Día del Trabajo (podría ser lunes 30 feriado puente)
Viernes 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo
Miércoles 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
Lunes 9 de julio, Día de la Independencia
Sábado 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción de María
Martes 25 de diciembre, Navidad (podría ser lunes 24 feriado puente)
En tanto, establece como feriados nacionales trasladables
Domingo 17 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
Viernes 17 de agosto, Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
Viernes 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Martes 20 de noviembre Día de la Soberanía Nacional (pasaría al lunes 19 de noviembre)
Las opciones de feriados extralargos para 2018 serían dos:
Si se declarara feriado el lunes 30 de abril se formaría un fin de semana extralargo con el martes 1 de mayo.
Si se declarara feriado el lunes 24 de diciembre se formaría un fin de semana extralargo con el martes 25 de diciembre.
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
"El Poder Ejecutivo Nacional podrá fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes"
La norma ahora promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:
Lunes 1 de enero, Año Nuevo
Lunes y martes de Carnaval
Sábado 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Viernes Santo, 30 de marzo
Lunes 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Martes 1 de mayo, Día del Trabajo (podría ser lunes 30 feriado puente)
Viernes 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo
Miércoles 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
Lunes 9 de julio, Día de la Independencia
Sábado 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción de María
Martes 25 de diciembre, Navidad (podría ser lunes 24 feriado puente)
En tanto, establece como feriados nacionales trasladables
Domingo 17 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
Viernes 17 de agosto, Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
Viernes 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Martes 20 de noviembre Día de la Soberanía Nacional (pasaría al lunes 19 de noviembre)
Las opciones de feriados extralargos para 2018 serían dos:
Si se declarara feriado el lunes 30 de abril se formaría un fin de semana extralargo con el martes 1 de mayo.
Si se declarara feriado el lunes 24 de diciembre se formaría un fin de semana extralargo con el martes 25 de diciembre.
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