Todos condenados por la muerte de Juami Pérez
7 años de prisión para Julián Chamorro, quien conducía el automóvil; y 3 años para los cuatro acompañantes; más la indemnización para la madre de la víctima por daños materiales y morales. Pasaron más de 9 años para que recién se dicte sentencia de primera instancia. Fallo completo.
El 7 de julio de 2007, Juami Pérez murió de frío y desangrado al costado de la Ruta Provincial Uno, entre Reconquista y Los Laureles.
Pasaron más de 9 años para que recién se pronuncie la sentencia en primera instancia, a cargo del Juez Penal Nicolás Muse Chemes, otro papelón del Poder Judicial.
Juan Manuel "juami" Pérez tenía 25 años y era sostén del hogar que compartía con su madre cuando transitaba en bicicleta por Ruta Provincial Uno, desde Reconquista hacia Romang, y en jurisdicción de Los Laureles fue chocado por el automóvil VW Polo conducido por Julián Enrique Chamorro, que iba acompañado por cuatro personas.
No solo que no lo auxiliaron, sino que encima arrastraron al herido para ocultarlo entre los pastos, donde murió al no recibir ayuda en lo que fue una de las noches más frías de los últimos 39 años, según el SMN.
Las condenas dictadas por Muse Chemes:
Resuelvo: 1) CONDENAR a JULIAN ENRIQUE CHAMORRO, P.P. Nro 102.180 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN, como autor penalmente responsable del delito de ABANDONO DE PERSONA SEGUIDO DE MUERTE (art. 29 inc 3º, 40, 41, 45 y 106 tercer párrafo del Cód. Penal);
2) CONDENAR a ISMAEL SEBASTIÁN ZIMMER, P.P. Nro 102.179 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, como coautor penalmente responsable del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc 1º y 8º del Cód. Penal, por el término de tres años, con costas (arts. 26, 27 bisc inc. 1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3)apart a) del Código Pena).
3) CONDENAR a MARIO ALBERTO VELÁZQUEZ, P.P. Nro 102.176 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCION CONDICIONAL, como coautor penalmente responsable, del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc 1º y 8º del Cód. Penal, por término de tres años, con costas (arts. 26, 27 bis inc.1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3) apart. a) del Código Penal).
4) CONDENAR a ALEJANDRO LUIS AGUIRRE, P.P. Nro 102.177 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, como coautor penalmente responsable del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc 1º y 8º del Cód. Penal, por el término de tres años, con costas (arts 26,27 bis inc 1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3) apart. a) del Código Penal).
5) CONDENAR a JORGE AUGUSTO ROULIN, P.P. Nro. 102189 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL , como coautor penalmente responsable del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc. 1º y 8º del Código Penal, por el término de tres años, con costas (arts.26, 27 bis inc.1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3) apart. a) del Código Penal).
6) Hacer lugar a la demanda civil deducida por DELIA KAUFMANN, y en consecuencia condenar solidariamente a JULIAN ENRIQUE CHAMORRO, ISMAEL SEBASTIÁN ZIMMER, MRIO ALBERTO VELÁZQUEZ, ALEJANDRO LUIS AGUIRRE Y JORGE AUGUSTO ROULIN a pagarle los rubros y montos consignados en los considerandos de la presente resolución, imponiéndosele las costas a los demandados.
En su decisión, Muse Chemes no dispuso la inmediata detención de Julián Chamorro (a quien le corresponde el efectivo cumplimiento), dejandolo sujeto a la firmeza del fallo, que puede ser apelado. Al respecto el abogado de la familia Pérez dijo en ReconquistaHOY que va a pedir que se disponga "la inmediata detención por el riesgo de fuga al existir ya una sentencia judicial".
En ReconquistaHOY también habló la hermana de la victima. Mariela Pérez manifestó su disconfirmidad "por lo poco que le dieron" a los acusados, aunque terminó reflexionando que "algo es algo después de 9 años de lucha".
El 7 de julio de 2007, Juami Pérez murió de frío y desangrado al costado de la Ruta Provincial Uno, entre Reconquista y Los Laureles.
Pasaron más de 9 años para que recién se pronuncie la sentencia en primera instancia, a cargo del Juez Penal Nicolás Muse Chemes, otro papelón del Poder Judicial.
Juan Manuel "juami" Pérez tenía 25 años y era sostén del hogar que compartía con su madre cuando transitaba en bicicleta por Ruta Provincial Uno, desde Reconquista hacia Romang, y en jurisdicción de Los Laureles fue chocado por el automóvil VW Polo conducido por Julián Enrique Chamorro, que iba acompañado por cuatro personas.
No solo que no lo auxiliaron, sino que encima arrastraron al herido para ocultarlo entre los pastos, donde murió al no recibir ayuda en lo que fue una de las noches más frías de los últimos 39 años, según el SMN.
Las condenas dictadas por Muse Chemes:
Resuelvo: 1) CONDENAR a JULIAN ENRIQUE CHAMORRO, P.P. Nro 102.180 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN, como autor penalmente responsable del delito de ABANDONO DE PERSONA SEGUIDO DE MUERTE (art. 29 inc 3º, 40, 41, 45 y 106 tercer párrafo del Cód. Penal);
2) CONDENAR a ISMAEL SEBASTIÁN ZIMMER, P.P. Nro 102.179 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, como coautor penalmente responsable del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc 1º y 8º del Cód. Penal, por el término de tres años, con costas (arts. 26, 27 bisc inc. 1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3)apart a) del Código Pena).
3) CONDENAR a MARIO ALBERTO VELÁZQUEZ, P.P. Nro 102.176 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCION CONDICIONAL, como coautor penalmente responsable, del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc 1º y 8º del Cód. Penal, por término de tres años, con costas (arts. 26, 27 bis inc.1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3) apart. a) del Código Penal).
4) CONDENAR a ALEJANDRO LUIS AGUIRRE, P.P. Nro 102.177 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, como coautor penalmente responsable del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc 1º y 8º del Cód. Penal, por el término de tres años, con costas (arts 26,27 bis inc 1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3) apart. a) del Código Penal).
5) CONDENAR a JORGE AUGUSTO ROULIN, P.P. Nro. 102189 de la Sección IG de la UR IX, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL , como coautor penalmente responsable del delito de ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, imponiéndosele las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis inc. 1º y 8º del Código Penal, por el término de tres años, con costas (arts.26, 27 bis inc.1º y 8º, 40, 41, 45 y 277 a) inc 3) apart. a) del Código Penal).
6) Hacer lugar a la demanda civil deducida por DELIA KAUFMANN, y en consecuencia condenar solidariamente a JULIAN ENRIQUE CHAMORRO, ISMAEL SEBASTIÁN ZIMMER, MRIO ALBERTO VELÁZQUEZ, ALEJANDRO LUIS AGUIRRE Y JORGE AUGUSTO ROULIN a pagarle los rubros y montos consignados en los considerandos de la presente resolución, imponiéndosele las costas a los demandados.
En su decisión, Muse Chemes no dispuso la inmediata detención de Julián Chamorro (a quien le corresponde el efectivo cumplimiento), dejandolo sujeto a la firmeza del fallo, que puede ser apelado. Al respecto el abogado de la familia Pérez dijo en ReconquistaHOY que va a pedir que se disponga "la inmediata detención por el riesgo de fuga al existir ya una sentencia judicial".
En ReconquistaHOY también habló la hermana de la victima. Mariela Pérez manifestó su disconfirmidad "por lo poco que le dieron" a los acusados, aunque terminó reflexionando que "algo es algo después de 9 años de lucha".
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