Habrá pagos extras para beneficiarios de la nueva ley de devolución del IVA

Según establece la Resolución General 3906 de la AFIP, los montos fijos que se podrán cobrar serán de 150, 75 y 50 pesos. Los tres se computarán para el tope de $300 mensuales que establece la ley como máximo permitido para los reintegros.
Quienes quieran cobrar los montos fijos, deberán cumplir las siguientes condiciones:
· Bono de $150: podrá cobrarse hasta dos veces. Una por cada compra de productos de la canasta básica realizada con tarjeta de crédito, débito o prepaga (las utilizadas para el cobro de algunos planes sociales) antes del 5 de agosto de este año inclusive.
·Bono de $75: podrá cobrarse por cada una de las cuatro primeras compras realizadas entre agosto y el 5 de septiembre inclusive.
·Bono de $50: por cada una de las seis primeras compras realizadas entre septiembre y el 5 de octubre inclusive.
El reintegro del 15% del IVA a alimentos y productos de la canasta básica está disponible para todas aquellas personas que cobren una Asignación Universal por Hijo (AUH), una Asignación por Embarazo, una jubilación mínima o una pensión o pensión no contributiva mínima. Según las estimaciones del Gobierno, más de ocho millones de personas se encuentran en condiciones de acceder al beneficio.
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Economía


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